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DELITOS INFORMÁTICOS

< LEY 273-2009: 



<ARTICULO 20 # 20----> MANUAL DE CONVIVENCIA  DEL COLEGIO LA PRESENTACIÓN :
Usar la red de Internet para aspectos diferentes a los establecidos por la institución: paginas pornograficas y satanicas, correos electronicos que afecten la integridad y el buen nombre de la persona y el colegio. De igual forma se aplica para el uso del celular es una falta grave... 



<CÓDIGO DE CONDUCTA DIGITAL :





<DERECHOS DE AUTOR:

Es un conjunto de normas encaminado a proteger a los autores y a
los titulares de obras. Concede a éstos la facultad de controlar todo
lo relativo al uso o explotación de su obra.


Todas las obras literarias y artísticas, cualquiera sea su destinación y
el modo o forma en que se exprese. Así, el derecho de autor protege:
- Libros, folletos y escritos.
- Conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la misma
naturaleza.
- Obras musicales y dramáticas.
- Coreografías y pantomimas.
- Composiciones musicales con letra o sin ella.
- Obras cinematográfi cas, a las cuales se asimilan las obras expre sadas por procedimiento análogo a la cinematografía, inclusive los
videogramas.
- Obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litografía.
- Obras fotográfi cas a las cuales se asimila las expresadas por
procedimiento análogo a la fotografía.
- Obras de arte aplicadas, ilustraciones, mapas, planos, croquis y
obras plásticas relativas a la geografía, a la topografía, a la
arquitectura o a las ciencias.
- Programas de computador, bases de datos (siempre que haya
originalidad en la disposición de sus contenidos) y creaciones multimedia
(sus contenidos) y, en fi n, toda producción del dominio literario
o artístico que pueda reproducirse o defi nirse por cualquier forma de
impresión o reproducción, por fonografía, radiotelefonía o cualquier
otro medio conocido o por conocer.